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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Generalidades.

Artículo 8 del Real Decreto 1637/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas Reglamentarias de Integración de Escalas de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1990-31086

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.

Texto consolidado

La integración en las Escalas creadas por la Ley, se realizará por aplicación de las Normas contenidas en el presente Título y dará lugar a un escalafón único para cada una de las Escalas Superiores, Medias o Básicas, que se constituirán según el proceso siguiente:

1.º Constitución de conjuntos, en función del tiempo de servicios efectivos, en cada una de las Escalas de origen.

2.º Ordenación e integración de conjuntos.

3.º Constitución del escalafón único para cada una de las nuevas Escalas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-01-01.

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