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Real Decreto Derogada

Artículo 8. Departamento de Planificación y Seguimiento de la actividad gubernamental.

Artículo 8 del Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2020-1200

Atención: Real Decreto 136/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponderá al Departamento de Planificación y Seguimiento de la actividad gubernamental las funciones de análisis y control de la programación y la implementación de la actividad gubernamental, coordinando esta tarea con el conjunto de los departamentos ministeriales. Asimismo, se ocupará de la preparación de la información y los mecanismos precisos para la rendición de cuentas respecto a la acción del Gobierno.

2. El Departamento de Planificación y Seguimiento de la actividad gubernamental contará con una unidad de coordinación, que tendrá nivel orgánico de Subdirección General.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-28.

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