Artículo 8. Funcionamiento.
Artículo 8 del Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores. · BOE-A-2005-1843
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-06.
Texto consolidado
1. El Consejo Estatal de las Personas Mayores actuará en Pleno y en Comisión Permanente.
2. El Consejo Estatal de las Personas Mayores podrá constituir comisiones o grupos de trabajo para el mejor desempeño de sus fines.