Artículo 8. Publicidad de la subvención.
Artículo 8 del Real Decreto 1042/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por el Ministerio de Cultura y Deporte y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música a diversas entidades culturales. · BOE-A-2020-14961
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-27.
Texto consolidado
1. La entidad beneficiaria deberá indicar en los folletos, carteles y demás documentación y material utilizado en la difusión de las actividades que se lleven a cabo, en todo o en parte, mediante esta subvención, que éstas se realizan en colaboración con el Ministerio de Cultura y Deporte o con el INAEM, según corresponda. Asimismo, deberá incluir la imagen institucional de dicho Ministerio u organismo.
2. Esta subvención será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
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