Artículo 8. Obligaciones de la entidad gestora.
Artículo 8 de la Orden TAS/3261/2006, de 19 de octubre, por la que se regula la comunicación del contenido del certificado de empresa y de otros datos relativos a los períodos de actividad laboral de los trabajadores y el uso de medios telemáticos en relación con aquella. · BOE-A-2006-18484
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-25.
Texto consolidado
1. La entidad gestora de las prestaciones por desempleo incorporará a una base de datos todos los datos recibidos a través de la aplicación Certific@2.
2. Asimismo está obligada a facilitar la información sobre dichos datos o su inexistencia a solicitud de los trabajadores o de sus representantes legales, a tenor de lo previsto en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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