Artículo 8. Régimen económico.
Artículo 8 de la Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social. · BOE-A-2019-1539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-07.
Texto consolidado
1. Los miembros del Comité no percibirán remuneración alguna por el ejercicio de sus funciones.
2. El coste de funcionamiento del Comité será atendido con cargo a los créditos existentes en el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, sin que sea necesario incrementar su dotación global.
3. El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social facilitará los medios personales y materiales necesarios para el funcionamiento del Comité.