Artículo 8. Créditos ECTS del currículo y de las asignaturas.
Artículo 8 de la Orden PCM/286/2023, de 23 de marzo, por la que se regula el currículo de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante la forma de ingreso por acceso directo con titulación universitaria previa y las titulaciones que permiten el ingreso. · BOE-A-2023-7660
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-26.
Texto consolidado
1. La carga lectiva será de 64 créditos ECTS y 14,5 semanas de instrucción y adiestramiento en el primer curso y de 74 créditos ECTS y 9 semanas en el segundo curso.
2. Para la distribución interna de los créditos ECTS asignados a cada asignatura, se tendrá en cuenta que por cada hora de clase lectiva presencial del alumnado se consignarán, con carácter general, 1,5 horas de estudio autónomo.
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