Artículo 8. Derechos del vendedor.
Artículo 8 de la Orden ITC/863/2009, de 2 de abril, por la que se regulan las subastas para la adquisición de gas natural que se utilizarán como referencia para la fijación de la tarifa de último recurso. · BOE-A-2009-5844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-09.
Texto consolidado
El vendedor tendrá derecho a:
1. Facturar y cobrar al comprador el importe del producto.
2. Exigir, en su caso, fianzas y garantías a los compradores para el cumplimiento de los compromisos en las condiciones que se especifiquen en el contrato marco.