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Orden Vigente

Artículo 8. Comisiones de evaluación.

Artículo 8 de la Orden ESS/2542/2014, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques. · BOE-A-2015-119

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-07.

Texto consolidado

1. En las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina se constituirá una Comisión de evaluación, al objeto de valorar las solicitudes y emitir el informe para formular la propuesta de resolución, compuesta por:

Presidente: El Subdirector Provincial.

Vocales: Un facultativo de Sanidad Marítima. Dos empleados públicos designados por la dirección provincial.

Secretario: Uno de los vocales designados por el presidente.

2. La Comisión de evaluación se ajustará, en cuanto a su funcionamiento, a lo previsto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. El funcionamiento de las comisiones de evaluación se llevará a cabo con los medios materiales y personales disponibles en la dirección provincial del Instituto Social de la Marina en que se constituya.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-07.

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