Artículo 8. Composición.
Artículo 8 de la Orden ECI/2461/2006, de 24 de julio, por la que se dispone la publicación de los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos. · BOE-A-2006-13734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-29.
Texto consolidado
1. La Junta de Gobierno se compone del Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos y un mínimo de 10 Vocales elegidos por el Presidente del Consejo. Cinco de los Vocales serán designados como Vicepresidente Primero, Vicepresidente Segundo, Secretario, Vicesecretario y Tesorero.
2. La Junta General, por mayoría Absoluta de sus miembros podrá modificar el número de vocales.