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Orden Vigente

Artículo 8. Comprobación de tiempo de servicio.

Artículo 8 de la Orden DEF/961/2021, de 6 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y la documentación necesaria para la tramitación de solicitudes de ingreso o ascenso en la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, según lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto. · BOE-A-2021-14975

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-16.

Texto consolidado

Los solicitantes de ingreso o ascenso en la Orden, previamente a la tramitación de la solicitud, deberán comprobar que los tiempos de servicio que figuran en la correspondiente base de datos de personal se ajustan a los realmente desempeñados, pues los mismos han de servir a la Cancillería de la Orden para realizar la validación de tiempos que establece el artículo 14 del Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-09-16.

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