Artículo 8. Régimen sancionador.
Artículo 8 de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias. · BOE-A-2026-3012
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-24.
Texto consolidado
En el marco de su autonomía local y, de conformidad con lo previsto en el título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o norma que la sustituya, los entes locales de Canarias podrán establecer los tipos de las infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones mediante ordenanza, ajustándose a la legislación en materia de régimen local.