El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8. Consejo de Capitalidad.

Artículo 8 de la Ley 7/2015, de 31 de marzo, por la que se regula el Estatuto de Capitalidad de la Ciudad de Mérida. · BOE-A-2015-4328

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-08.

Texto consolidado

Se crea el Consejo de Capitalidad como el órgano colegiado, de carácter permanente, que tiene por objeto articular la coordinación entre la Administración Autonómica de Extremadura y la Administración del Ayuntamiento de Mérida, en lo que afecta a sus respectivas competencias y responsabilidades derivadas de la capitalidad autonómica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-08.

Más artículos de Ley 7/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.