Artículo 8. Encomienda de gestión.
Artículo 8 de la Ley 7/2002, de 15 de abril, de creación de la Comarca del Matarraña/Matarranya. · BOE-A-2002-9668
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-20.
Texto consolidado
1. La Comarca del Matarraña/Matarranya, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, podrá realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma y de la provincia de Teruel, previa la tramitación procedente, cuando por sus características no requieran unidad de gestión ni su ejercicio directo.
2. Igualmente, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, uno o varios municipios podrán realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca cuando suponga una mejora en su prestación.