Artículo 8. Estructura y contenido.
Artículo 8 de la Ley 7/1996, de 10 de julio, de desarrollo comarcal. · BOE-A-1996-19262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-20.
Texto consolidado
Los planes de desarrollo de cada comarca tendrán la siguiente estructura y contenido mínimo:
1. Estudio socioeconómico.
2. Estudio del medio físico.
3. Programación de estrategias y acciones de desarrollo comarcal.