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Ley Vigente

Artículo 8.

Artículo 8 de la Ley 7/1987, de 8 de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-1987-13249

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-12.

Texto consolidado

Las vacantes de Senadores que se produzcan durante una misma legislatura serán cubiertas con arreglo al procedimiento establecido en esta Ley.

Producida la vacante, el Presidente de las Cortes solicitará nueva propuesta al mismo Grupo Parlamentario que había propuesto al Senador de cuya sustitución se trate.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-05-12.

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