Artículo 8. Cese y designación de sustitutos.
Artículo 8 de la Ley 6/2010, de 26 de marzo, del procedimiento de designación de los senadores que representan a la Generalidad en el Senado. · BOE-A-2010-6556
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-26.
Texto consolidado
1. Los senadores designados cesan en el cargo en los supuestos establecidos para los senadores electos, así como a consecuencia de causas de inelegibilidad o incompatibilidad sobrevenidas.
2. Si se produce alguna vacante de senador o senadora durante una misma legislatura del Parlamento, es cubierta por el procedimiento establecido por la presente ley, a propuesta del mismo grupo parlamentario que propuso a la persona que causa la vacante. En el supuesto de que dicho grupo se haya disuelto, la propuesta se atribuye al grupo al que proporcionalmente corresponde.