Artículo 8. Patrimonio.
Artículo 8 de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-16092
Atención: Ley 6/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Constituyen el patrimonio de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha los bienes y derechos que le sean adscritos, cedidos o transferidos por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o por otras Administraciones Públicas, así como aquellos otros bienes y derechos que pueda adquirir por cualquier otro título.
2. Los bienes y derechos que la Administración autonómica adscriba a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha conservarán su calificación jurídica originaria y sólo podrán utilizarse para el cumplimiento de sus fines.