Artículo 8. Liquidación y pago.
Artículo 8 de la Ley 6/1992, de 16 de octubre, del Impuesto sobre el Juego del Bingo y del recargo de la tasa sobre el juego que se desarrolla mediante máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar. · BOE-A-2012-2260
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.
Texto consolidado
El sujeto pasivo sustituto del contribuyente liquidará el impuesto y procederá al pago de la deuda tributaria resultante simultáneamente a la tasa sobre el juego del bingo, sin perjuicio del derecho a la devolución de la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de esta ley.
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