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Ley Vigente

Artículo 8. Responsabilidad.

Artículo 8 de la Ley 5/2012, de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón. · BOE-A-2012-9063

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-19.

Texto consolidado

1. Los entes recogidos en el artículo 2 de esta Ley implantarán criterios de responsabilidad en la gestión del gasto que permitan promover una administración más eficaz y eficiente, que, en todo caso, deberá ser compatible con una adecuada calidad de los servicios públicos que se presten.

2. Cada uno de los referidos entes asumirá, en la parte que le sea imputable, las responsabilidades que, en su caso, se derivasen para la Comunidad Autónoma del incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y demás obligaciones asumidas por la Comunidad Autónoma ante el Consejo de Política Fiscal y Financiera.

3. En el proceso de asunción de responsabilidad se garantizará, en todo caso, la audiencia del agente implicado.

4. La Comunidad Autónoma no asumirá ni responderá de los compromisos de las entidades locales, sin perjuicio de las garantías financieras mutuas para la realización conjunta de proyectos específicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-06-19.

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