El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8. Límites de la actuación del voluntariado.

Artículo 8 de la Ley 4/2025, de 22 de mayo, de voluntariado de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2025-11648

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-27.

Texto consolidado

1. Las actividades de voluntariado y las acciones de solidaridad, en ningún caso, podrán sustituir prestaciones de trabajo o servicios profesionales remunerados, ni ser sustitutorias del trabajo retribuido que realizan quienes profesionalmente se dedican a la acción social o cívica que sean competencia de entidades públicas o privadas.

2. La realización de actividades de voluntariado no podrá sustituir a las Administraciones públicas en el desarrollo de funciones o en la prestación de servicios públicos a las que están obligadas por ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-05-27.

Más artículos de Ley 4/2025

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.