Artículo 8. Buzón de Simplificación Administrativa.
Artículo 8 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.
Texto consolidado
1. La sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha incluirá un buzón de simplificación administrativa, adscrito a la consejería con competencias en materia de calidad de los servicios, en el que la ciudadanía podrá realizar observaciones, aportaciones y sugerencias en esta materia, sobre aquellos procedimientos, trámites y convocatorias competencia de la Administración regional.
2. El buzón canalizará las observaciones, aportaciones y sugerencias en materia de empresas, las cuales se remitirán a la consejería competente en la materia.
3. El buzón será plenamente accesible y garantizará el acceso a las personas y colectivos en situación de vulnerabilidad.