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Ley Vigente

Artículo 8. Patronato.

Artículo 8 de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón. · BOE-A-2014-8281

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

Texto consolidado

1. El patronato será el máximo órgano de gobierno y representación de las fundaciones bancarias.

2. Corresponde al patronato cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio de la fundación. A estos efectos será también el responsable del control, supervisión e informe al Banco de España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

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