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Ley Derogada

Artículo 8. Prioridades sectoriales.

Artículo 8 de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo. · BOE-A-2003-14480

Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Serán ámbitos de actuación preferente:

a) Los servicios sociales básicos, con especial atención a la vivienda, la salud, el saneamiento, la seguridad alimentaria y la educación.

b) El fortalecimiento de las estructuras democráticas y de la participación de los pueblos y sus organizaciones, así como el fomento del respeto y protección de todos los derechos humanos.

c) La dotación y mejora de las infraestructuras económicas, prestando especial atención al desarrollo de proyectos de economía social, así como al fortalecimiento del tejido productivo que favorezca el crecimiento económico de base.

d) El respecto y promoción de la identidad cultural de los pueblos.

e) Acciones positivas tendentes a la mejora de la posición de las mujeres en la sociedad.

f) La promoción de la igualdad de oportunidades y defensa de los grupos de población más vulnerables, con especial incidencia en la infancia, los refugiados, los refugiados políticos, los desplazados, los retornados, las minorías étnicas y las comunidades indígenas, entre otros.

g) El apoyo a los procesos de pacificación y reconstrucción del tejido social.

h) El intercambio de experiencias acumuladas por la Xunta de Galicia en la gestión de una administración pública descentralizada con otras administraciones regionales y locales de los países receptores, y al servicio de los ciudadanos.

i) El desarrollo científico y tecnológico.

j) Protección y mejora de la calidad del ambiente, respetando la biodiversidad, la conservación y la utilización renovable y sostenible de los recursos naturales.

2. Prioridades en sensibilización y educación para el desarrollo:

a) La concienciación de la opinión pública en materia de cooperación al desarrollo.

b) La difusión en los ámbitos educativos del conocimiento de la realidad de los países subdesarrollados y de la cooperación para el desarrollo.

c) El fomento de la investigación sobre las causas del subdesarrollo a fin de fortalecer y abrir nuevas vías de cooperación.

d) Potenciar los agentes de cooperación al desarrollo de Galicia a fin de crear una red de solidaridad en nuestra sociedad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-04.

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