Artículo 8.
Artículo 8 de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística. · BOE-A-1983-23848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-07-15.
Texto consolidado
Los documentós públicos otorgados en Galicia se podrán redactar en gallego o castellano. De no haber acuerdo entre las partes, se emplearán ambas lenguas.