Artículo 8. Comisión Permanente.
Artículo 8 de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de Creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón. · BOE-A-2003-1495
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
El Consejo Rector podrá designar de entre sus miembros una Comisión Permanente cuya composición, funcionamiento y atribuciones se regularán estatutariamente.