Artículo 8. Entrenador deportivo o entrenadora deportiva.
Artículo 8 de la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-13726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-26.
Texto consolidado
El entrenador deportivo o entrenadora deportiva desempeña actividades y funciones de entrenamiento, selección, planificación, programación, conducción, asesoramiento, iniciación, instrucción, control, seguimiento y evaluación a deportistas o equipos para la competición en la modalidad deportiva o especialidad correspondiente.