Artículo 8. Adición de una disposición adicional tercera a la Lley 8/2008.
Artículo 8 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
Se añade una disposición adicional, la tercera, a la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos, con el siguiente texto:
«Tercera. Canon sobre la deposición controlada de residuos industriales.
El tipo de gravamen del canon sobre la deposición controlada de residuos industriales regulado por el artículo 16 novies se alcanza gradualmente, en el plazo de cuatro años, de acuerdo con la siguiente tabla:
Año de aplicación
Tipo de gravamen
2014
3,95 euros
2015
7,90 euros
2016
11,85 euros
2017
15,80 euros
No obstante, las industrias o los sectores industriales que presenten un acuerdo voluntario con la Generalidad para impulsar la valorización de sus residuos durante el ejercicio de 2014 están exentas del canon desde la fecha de firma del acuerdo hasta la fecha de finalización del mismo.»