El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8. El secretario o secretaria del Consejo de Administración

Artículo 8 de la Ley 13/2009, de 22 de julio, de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. · BOE-A-2009-13565

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-27.

Texto consolidado

1. El secretario o secretaria del Consejo de Administración de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, que debe tener una titulación superior en derecho, es nombrado por el presidente o presidenta del Consejo, a propuesta del director o directora de la Agencia, de entre el personal de la Agencia.

2. El secretario o secretaria del Consejo de Administración de la Agencia de la Vivienda de Cataluña cumple las funciones que le asigna el reglamento de régimen interior y, específicamente, las siguientes:

a) Asistir a las reuniones del Consejo de Administración, con voz y sin voto, y extender las actas correspondientes.

b) Expedir los certificados relativos a los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración, a petición de cualquiera de sus miembros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-08-27.

Más artículos de Ley 13/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.