Artículo 8. Presunción de veracidad.
Artículo 8 de la Ley 11/2015, de 8 de abril, de Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario Público y centros sociosanitarios de Extremadura. · BOE-A-2015-5014
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.
Texto consolidado
En el ejercicio de sus funciones, los hechos constatados por los mencionados profesionales gozarán de la presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos establecidos según la normativa que resulte de aplicación en cada caso, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados.