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Ley Vigente

Artículo 8. Consejo de dirección.

Artículo 8 de la Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2007-15546

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-04.

Texto consolidado

1. El Consejo de Dirección del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña está integrado por el presidente o presidenta y por los siguientes vocales titulares:

a) El secretario o secretaria competente en materia de seguridad ciudadana.

b) El director o directora de servicios del departamento competente en materia de seguridad pública.

c) El director o directora competente en materia de policía.

d) El director o directora competente en materia de prevención y extinción de incendios y de salvamentos.

e) El director o directora competente en materia de protección civil.

f) El director o directora del Instituto.

g) El director o directora competente en materia de medio natural.

h) El director o directora del Servicio Catalán de Tráfico.

i) Tres vocales designados por el consejero o consejera del departamento competente en materia de seguridad pública.

j) Cinco vocales en representación de los entes locales, a propuesta de las asociaciones representativas de municipios.

k) Dos vocales en representación del Ayuntamiento de Barcelona, a propuesta del alcalde o alcaldesa.

2. El secretario o secretaria competente en materia de seguridad ciudadana y uno de los representantes de los entes locales, escogido entre ellos, tienen la condición de vicepresidente primero o vicepresidenta primera y vicepresidente segundo o vicepresidenta segunda, respectivamente, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña y del Consejo de Dirección.

3. Un funcionario o funcionaria de carrera de la Administración de la Generalidad adscrito al Instituto de Seguridad Pública de Cataluña y designado por el Consejo de Dirección ejerce la secretaría de dicho consejo, con voz pero sin voto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-09-04.

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