Artículo 8. Obligaciones específicas de información sobre las relaciones con la ciudadanía.
Artículo 8 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno. · BOE-A-2016-3190
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-24.
Texto consolidado
Los sujetos citados en el artículo 3.1 de la presente ley facilitarán información sobre:
a) La relación de procedimientos y servicios a disposición de la ciudadanía.
b) El régimen jurídico de los distintos servicios públicos.
c) Los requisitos y condiciones de acceso a los servicios públicos.
d) Las cartas de servicios aprobadas.
e) Los resultados de las evaluaciones de calidad efectuadas.
f) La relación de sistemas de inteligencia artificial o modelos de inteligencia artificial de uso general que tengan impacto en los procedimientos administrativos o en la prestación de los servicios públicos, con descripción de manera comprensible de su arquitectura y funcionamiento, de los datos que utilizan, del nivel de riesgo que implican y del impacto de sus resultados en los procedimientos administrativos, en especial si son o no directamente decisorios de los mismos.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-21026.