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Ley Vigente

Artículo 8. Funciones del Real Patronato.

Artículo 8 de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España. · BOE-A-2015-3178

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

Texto consolidado

1. La Presidencia del Real Patronato ostentará la representación institucional de la Biblioteca Nacional de España y convocará y presidirá el Real Patronato en Pleno y en Comisión Permanente.

2. El Pleno del Real Patronato establecerá, en el marco de esta Ley y del Estatuto, los principios de organización y dirección de la Biblioteca Nacional de España, determinará las directrices de su actuación y velará por su cumplimiento en los términos que fije el Estatuto.

3. La Comisión Permanente impulsará y supervisará la estrategia y las líneas de actuación de la Biblioteca Nacional de España fijadas por el Pleno del Real Patronato, en los términos que determine el Estatuto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

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