Artículo 8. Organización de la gestión.
Artículo 8 de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe. · BOE-A-2007-4461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-04.
Texto consolidado
La gestión ordinaria y habitual del Parque Nacional corresponderá a la Junta de Extremadura, que la organizará de forma que resulte coherente con los objetivos de la Red de Parques Nacionales.