Artículo 8. Acuerdo administrativo
ARTÍCULO 8 del Acuerdo Marco entre el Reino de España y la República Francesa sobre cooperación sanitaria transfronteriza, hecho en Zaragoza el 27 de junio de 2008. · BOE-A-2014-12032
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-01.
Texto consolidado
Un acuerdo administrativo concluido entre las autoridades competentes de las Partes fijará las modalidades de aplicación del presente acuerdo marco.