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Decreto Legislativo Vigente 3 redacciones

Artículo 8.6-1. Hecho imponible.

Artículo 8.6-1 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-31.

Texto consolidado

Constituyen el hecho imponible de la tasa la reproducción de documentos de los archivos siguientes y el uso comercial que se haga:

a) Archivo Nacional de Cataluña.

b) Archivos históricos provinciales.

c) Archivos comarcales.

d) Archivos de los museos adscritos al departamento competente en materia de cultura o a las entidades dependientes.

e) Archivo del Centro de Restauración de Bienes Muebles de la Generalidad.

f) Centro de documentación de la dirección general competente en materia de patrimonio etnológico y cultura popular.

g) Biblioteca de Cataluña.#a1-15

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono..

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