Artículo 79. Convalidaciones en el ámbito de la enseñanza de la Guardia Civil.
Artículo 79 del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-06.
Texto consolidado
La convalidación de parte de un curso de la Guardia Civil otorga los efectos que correspondan a los módulos o asignaturas que se convaliden.
En todo caso, los módulos o asignaturas objeto de convalidación, a efectos de continuar un curso en la Guardia Civil, serán calificados con una nota de 5 o, en su caso, de apto.