Artículo 78. Requisitos de admisibilidad.
Artículo 78 del Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2018-433
Atención: Real Decreto 5/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Solo podrán acogerse a la ayuda a la cosecha en verde las solicitudes de parcelas completas que se destinen a la producción de uva para vinificación. Las solicitudes se realizarán por una superficie mínima igual o superior a 0,3 hectáreas.
2. No podrá recibir ayuda a la cosecha en verde una misma superficie en dos campañas consecutivas, ni parcelas de viñedo plantadas en las tres campañas anteriores a aquélla en la que se solicita la ayuda para la cosecha en verde.
3. La cosecha en verde podrá realizarse de forma manual, mecánica y química.