Artículo 78. Tarifa.
Artículo 78 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2001-9285
Atención: Ley Foral 7/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa:
Copias de planos de viviendas y de documentos de ordenación territorial y urbanística. Papel opaco:
Pesetas
Euros
Metro lineal.
790
4,75
DIN A 0.
832
5
DIN A 1.
416
2,50
DIN A 2.
208
1,25
DIN A 3.
67
0,40