Artículo 77.
Artículo 77 de la Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2024-10215
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-21.
Texto consolidado
Quien ostente la Presidencia de la FEPyC o la Comisión Delegada elevarán el correspondiente proyecto a la consideración de la Asamblea General para su debate y aprobación, en su caso. Junto con la convocatoria, en la que se incluirá como uno de los puntos del Orden del Día la propuesta de reforma, se remitirá el texto del proyecto a todos los miembros de la Asamblea General, otorgando un plazo de quince días, para que formulen motivadamente las enmiendas o sugerencias que estimen pertinentes.