Artículo 77. Principio básico de actuación.
Artículo 77 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria. · BOE-A-2011-15731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
Las administraciones agrarias vascas colaborarán con la autoridad laboral competente en la ordenación y adecuación legal de los empleadores y empleados en la actividad profesional agraria.