Artículo 76.
Artículo 76 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1986-12725
Atención: Ley 4/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Deberá darse cuenta al Departamento de Hacienda de toda adquisición de la que deba tomarse razón en el Inventario General de Bienes y Derechos.