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Ley Vigente

Artículo 76. Naturaleza y funciones del Comité Paralímpico Español.

Artículo 76 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. · BOE-A-2022-24430

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

Texto consolidado

1. El Comité Paralímpico Español es una asociación sin fines de lucro, dotada de personalidad jurídica, cuyo objeto consiste en el desarrollo del Movimiento Paralímpico y la difusión de sus ideales. En atención a este objeto, el Comité Paralímpico Español es declarado de utilidad pública.

2. El Comité Paralímpico Español se rige por sus propios estatutos y reglamentos, en el marco de esta ley y del ordenamiento jurídico español, y de acuerdo con los principios y normas del Comité Paralímpico Internacional.

3. El Comité Paralímpico Español organiza la inscripción y participación de las personas deportistas españolas en los Juegos Paralímpicos y en otros Juegos o competiciones deportivas continentales o mundiales vinculadas al Movimiento Paralímpico Internacional, colaborando en su preparación y estimulando la práctica de las actividades representadas en dichos Juegos.

4. Las federaciones deportivas españolas de modalidades paralímpicas deberán formar parte del Comité Paralímpico Español.

5. Para el ejercicio de sus funciones corresponde al Comité Paralímpico Español la representación exclusiva del deporte español paralímpico ante el Comité Paralímpico Internacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

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