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Decreto Vigente

Artículo 76.

Artículo 76 del Decreto 2427/1966, de 13 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Decreto número 1120/1966, de 21 de abril, texto refundido de la Ley de Derechos Pasivos de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado. · BOE-A-1966-14917

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1966-10-19.

Texto consolidado

Las Oficinas de Hacienda se atendrán al orden cronológico de recibo de la notificación de las providencias o acuerdos de retención de haberes pasivos cuando exista incom­patibilidad para la simultaneidad entre dos o más de ellas, sin que tal orden pueda alterarse más que en cumplimiento de resolución dictada en el procedimiento judicial correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1966-10-19.

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