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Ley Vigente

Artículo 75. Modificación de la Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible.

Artículo 75 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa. · BOE-A-2025-1

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-10.

Texto consolidado

La Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible, queda modificada como sigue:

Uno. Se suprime el artículo 12.

Dos. Se añade la disposición adicional cuarta, que queda redactada de la siguiente manera:

«Disposición adicional cuarta. Interés de demora en subvenciones en materia de cooperación al desarrollo.

La exigencia del interés de demora para los reintegros, devoluciones y remanentes no ejecutados no se aplicará a las subvenciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo. Las disposiciones reglamentarias específicas, de carácter estatal y no básico, en materia de subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo serán de aplicación supletoria en la Comunitat Valenciana.»

Tres. Se añade la disposición transitoria segunda, que queda redactada como sigue, pasando la disposición transitoria única a ser disposición transitoria primera:

«Disposición transitoria segunda. Procedimientos de reintegro, devolución y remanentes no aplicados.

En los procedimientos de reintegro, devolución y remanentes no aplicados ya iniciados antes de la entada en vigor de la disposición adicional cuarta de la Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible, no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior.»

Cuatro. Se modifica el apartado 2 de la disposición final segunda, que queda redactado de la siguiente manera:

«Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.

[…]

2. La consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas en la Comunitat Valenciana.

Los reglamentos de desarrollo de esta Ley incluirán la regulación de los siguientes órganos: Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo, el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y el Consejo Territorial Sectorial para la Cooperación Internacional al Desarrollo.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-10.

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