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Ley Vigente

Artículo 75. Derecho a una protección especial como personas consumidoras y usuarias.

Artículo 75 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

Texto consolidado

1. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, protejan de forma especial sus derechos e intereses en las relaciones de consumo, teniendo en cuenta las necesidades propias de su proceso de desarrollo. A tal fin, promocionarán la educación y la información para un consumo responsable, sostenible, crítico y ético; supervisarán el estricto cumplimiento de la normativa aplicable en materia de accesibilidad, seguridad y de publicidad, y les defenderán de las prácticas abusivas, para lo que se contará con la participación activa de organizaciones de consumidores.

2. Los productos y servicios comercializados para uso o consumo de niños, niñas y adolescentes no deberán contener sustancias perjudiciales y nocivas para su salud, deberán facilitar, de forma visible, la suficiente información sobre su composición, características y uso, así como la franja de edad del colectivo al que van destinados.

3. Se hará efectiva la participación de las organizaciones de consumidores en la estrategia de fomento del consumo responsable, sostenible, crítico y ético. Dando así cumplimiento al artículo 51 de la CE y al artículo 9 de la Ley 1/2011 que reconoce a las mismas como agentes del sistema de protección de los consumidores.

4. Las instituciones, entidades locales y agentes económicos, sociales y especialmente instituciones educativas contribuirán a hacer un buen uso de las tecnologías en materia de consumo.

5. Las administraciones públicas prestarán orientación y apoyo en el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras y usuarias a niños, niñas y adolescentes, facilitándoles el acceso, a ellos y ellas, y en su caso a sus representantes legales, a los procedimientos de queja y reclamación ante conductas que atenten contra sus derechos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

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