Artículo 75.
Artículo 75 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias · BOE-A-1990-23140
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-08-21.
Texto consolidado
Corresponde a la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento:
a) La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
b) Las que el Alcalde o el Pleno les deleguen y las que les atribuyan las leyes.