El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 74. Modificación del Decreto 291/2001, de 8 de noviembre, por el que se configuran las categorías de técnicos superiores de sistemas y tecnologías de la información, técnicos de gestión de sistemas y tecnologías de la información y técnicos especialistas en sistemas y tecnologías de la información.

Artículo 74 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2026-3385

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

Uno. Se modifican las letras a) y b) del artículo 1, que quedan redactadas como sigue:

«a) Técnico/a superior de Sistemas y Tecnologías de la Información, que se incluye dentro de las de personal estatutario de gestión y servicios que integran el subgrupo A1, según lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

b) Técnico/a de gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, que se incluye dentro de las de personal estatutario de gestión y servicios que integran el subgrupo A2 según lo establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.»

Dos. Se modifican el penúltimo y el antepenúltimo párrafo del artículo 1, que quedan redactados como sigue:

«Para el acceso a la categoría de técnico/a superior de sistemas y tecnologías de la información se requiere estar en posesión de la titulación universitaria oficial de grado, licenciado/a universitario/a o de ingeniería en: Telecomunicaciones, Informática, Matemáticas, Estadística, Física, Inteligencia artificial o Ciencia del Dato, o titulaciones equivalentes del nivel 3 del Marco Español de Cualificación para la Educación Superior (MECES) de los mismos ámbitos de conocimiento.

Para el acceso a la categoría de técnico/a de gestión de sistemas y tecnologías de la información se requiere estar en posesión de la titulación universitaria oficial de grado, ingeniería, diplomado/a universitario/a o ingeniería técnica en: Telecomunicaciones, Informática, Matemáticas, Estadística, Física, Inteligencia artificial o Ciencia del Dato, o titulaciones equivalentes de los niveles 2 y 3 del Marco Español de Cualificación para la Educación Superior (MECES) de los mismos ámbitos de conocimiento.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Más artículos de Ley 5/2025

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.