Artículo 73. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Artículo 73 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009. · BOE-A-2008-20744
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
Con efectos desde 1 de enero del año 2009, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
Escala
Transmisiones directas
–
Euros
Transmisiones transversales
–
Euros
Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros
–
Euros
1.º Por cada título con grandeza
2.543
6.374
15.282
2.º Por cada grandeza sin título
1.818
4.557
10.910
3.º Por cada título sin grandeza
725
1.818
4.373