El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 73. Publicidad de determinadas modificaciones.

Artículo 73 de la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura. · BOE-A-1998-12457

Atención: Ley 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El cambio de denominación, el de domicilio, la sustitución o cualquier modificación del objeto social se anunciarán en los diarios de mayor circulación en los lugares donde se encuentre el domicilio social y los centros de trabajo, sin cuya publicidad no podrá inscribirse en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura.

2. Una vez inscrito el cambio de denominación social en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, se hará constar en los demás Registros a los que pudiera tener acceso la sociedad por medio de notas marginales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-02.

Más artículos de Ley 2/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.